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  CON TODO EL PODER DE LA INFORMACIONManagua, Nicaragua - Sábado 27 de Octubre de 2007 - Edición 9772
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Otra vez, exceptúan a evangélicos

Código Penal castigará a bulliciosos

* También sancionarán a quienes hagan llamadas falsas a la Policía y Bomberos


Aquellos que perturben la tranquilidad de sus vecinos serán sancionados en el nuevo Código Penal. Aunque las multas son mínimas, contribuirán a paliar ese mal que se encarna en los vecinos con quienes es imposible cohabitar.

El artículo es el 513, se llama “perturbación por ruido” y se sancionará con una multa de diez a treinta días de trabajo en beneficio de la comunidad en jornadas de dos horas diarias.

La perturbación por ruido incluye la suspensión, cancelación o clausura de las actividades que generan el ruido o malestar cuando se utilicen medios, tales como parlantes, radios, alarmas, pitos, maquinarias industriales, instrumentos musicales, entre otros, ya sea en la vía pública, en locales, en centros poblacionales, cerca de hospitales, clínicas, escuelas o colegios y oficinas públicas, que produzcan sonidos a mayores decibeles que los establecidos por la autoridad competente y sobre las normas y recomendaciones dictadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Cuando los vecinos gusten de hacer actividades públicas que puedan molestar a la comunidad, deberán pedir permiso a la Policía Nacional, pero “se exceptúan las actividades de las congregaciones religiosas dentro de sus templos, tales como cultos, ayunos congregacionales diurnos y vigilias nocturnas”.

A esos vagos

Los que disfrutan de sus momentos de ocio llamando a la Policía para alertar de un incidente ficticio también serán sancionados. El Capítulo III del Código Penal que pronto terminará de ser aprobado en el Parlamento, en su Capítulo III, sobre “las perturbaciones del sosiego público”, en su artículo 514 contiene el delito de “llamado falso a la Policía”.

El artículo dice así: “Si llama para dar una alarma falsa a la Policía, carro de Bomberos o ambulancia, tendrá una multa de diez a treinta días de trabajo en beneficio de la comunidad”.

Las alarmas falsas serán sancionadas como el delito anterior y son aquellas que “injustificadamente alarman a la comunidad con la noticia de una calamidad, desgracia pública o privada”.

El título IV contenía delitos como los “tocamientos inmorales”, que a última hora fueron suprimidos.




Comentarios de nuestros lectores

jorge- canada
La contaminacion por ruido debe ser penada tambien, porque trae negativas consecuencias para la salud, el ruido contaminante ha sido relacionado despues de muchos estudios , a perdida de oido, enfermedades cardiovasculares, perdida de sueno, reduce productividad , stress, rabia, incrementa el uso de droga, accidentes ,y aun a mas grados pobres de parte de estudiantes contiguo a corredores donde hay alto grado de sonido de polucion.


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