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  CON TODO EL PODER DE LA INFORMACIONManagua, Nicaragua - Martes 08 de Enero de 2008 - Edición 9843
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Trámite urgente del Gobierno

Volz salió en una oficiosa deportación

* Prisa por sacarlo del país pone en entredicho la “cólera” de Daniel Ortega ante orden de libertad a norteamericano
* Funcionarios de DGME emitieron resolución, firmaron deportación, sellaron pasaporte de Volz y lo escoltaron hasta aeropuerto


Volz salió en una oficiosa deportación - Foto
Eric Stanley Volz

El Ministerio de Gobernación, por medio de la Dirección General de Migración y Extranjería, ordenó de oficio y con carácter de urgencia la deportación de Eric Stanley Volz a Estados Unidos el pasado 21 de diciembre de 2007.

El ciudadano estadounidense fue acusado del asesinato de su ex novia Doris Ivania Jiménez Alvarado, por lo cual fue sentenciado a 30 años de prisión por asesinato atroz y violación, por la juez Iveth Toruño, del departamento de Rivas.

La joven fue encontrada estrangulada, golpeada y violada en su tienda, el 21 de noviembre de 2006, en el costero municipio de San Juan del Sur. Volz fue acusado y sentenciado junto al nicaragüense Julio Martín Chamorro, pero tras 13 meses de prisión, una resolución del Tribunal de Apelaciones de Granada, en diciembre pasado, revocó la sentencia y ordenó su libertad inmediata.

Volz aseguró en su sitio en internet www.amigosdeeric.com y en entrevista el domingo pasado a The New York Times, que él había sido deportado de Nicaragua por una resolución administrativa del Ministerio de Gobernación.

Entregado al cónsul

La información fue confirmada ayer a EL NUEVO DIARIO por fuentes gubernamentales, que pidieron el anonimato para evitar posibles represalias al brindar información a medios vedados por la política oficial de comunicación del gobierno.

De acuerdo con la información, la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) emitió la orden de deportación en la resolución número 669/2007 el 21 de diciembre a las 2:10 de la tarde, firmada por Martín Jarquín López, director de Fronteras, y por Róger Morales Velásquez, asesor legal de la DGME.

La resolución fue recibida en el acto y firmada por el cónsul general de Estados Unidos en Managua, Marc Meznar, de acuerdo con la Ley 240, Ley de Control de Tráfico Migratorio de Migrantes Ilegales, que establece que los actos administrativos de deportación y embarque de inmigrantes ilegales deben notificarse a los Consulados de los países de origen del ciudadano afectado.

Del mismo modo, funcionarios de Migración y Extranjería marcaron el pasaporte de Eric Volz con el sello de tinta roja que dice textualmente: “Se dispone su reembarque del territorio nacional por infringir la Ley 240 (Ley de Control de Tráfico Migratorio de Migrantes Ilegales), en el término de 24 horas”.

Estaba en buen estado de salud

Por su parte, la resolución 669/2007, en papel con membrete de la DGME, dice textualmente: “Acta de entrega. Ciudad de Managua, 2:10 de la tarde del día 21 de diciembre del 2007. Los suscritos Martín Jarquín López, jefe de Dirección de Fronteras, y Róger Morales Velásquez, asesor legal de la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, proceden a efectuar entrega formal al señor Marc Meznar, cónsul general, al ciudadano Eric Stanley Volz, de ciudadanía norteamericana, quien en este acto será deportado a su país de origen, todo de conformidad a lo establecido en la legislación migratoria, según consta en la resolución administrativa número 669/2007”.

“Dicho ciudadano es entregado en buen estado de salud, tanto física como mental, en fe de lo cual firmamos en dos tantos a un mismo tenor”, y firman Jarquín López, Morales Velásquez y el cónsul Meznar.

De acuerdo con la información dada a EL NUEVO DIARIO, la resolución administrativa del Ministerio de Gobernación fue de oficio con base en las facultades de emitir resoluciones de este tipo que la citada Ley 240 le otorga a Migración. El argumento principal, según las fuentes, es que el permiso migratorio de Volz se venció mientras estuvo en prisión.

Fue deportación de oficio

“No existe una solicitud de deportación por parte de los abogados de la familia de Volz, ni del Consulado, ni se establecía en la resolución de los magistrados del Tribunal de Granada que Volz fuera deportado, aunque sí existían las causales de deportación al habérsele vencido el permiso, pero también para eso existe un procedimiento administrativo que no se hizo”, dijo la fuente.

La sentencia fue firmada por los magistrados de tendencia liberal Roberto Rodríguez y Alejandro Estrada, quienes ordenaron devolverle la libertad al norteamericano y regresarle su pasaporte y diez mil dólares americanos que permanecían depositados en una cuenta bancaria de la Corte Suprema de Justicia, y le restituyeran las garantías afectadas, incluyendo el cese de la restricción migratoria.

Este diario intentó obtener una versión tanto de las autoridades de Migración y Extranjería, como del Tribunal de Apelaciones de Granada, pero no fue posible obtener una respuesta.

La confirmación de la deportación de Volz por parte de las autoridades gubernamentales de Migración, contrasta con la postura crítica contra el fallo asumida por el presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, quien lamentó la resolución de los magistrados liberales ante el caso, que catalogó de “terrible, condenable”.

No es descabellado

Gonzalo Carrión, director jurídico del Centro Nicaragüense de Derecho Humanos (Cenidh), manifestó que la deportación de Eric Volz no es un asunto tan “descabellado”, si se toma en cuenta que el Estado pudo haber aprobado esa deportación frente al hecho abominable que fue el asesinato de la joven Doris Ivania Jiménez.

“El punto es que el caso no ha sido concluido, entonces me pregunto: ¿El Estado de Nicaragua lo deportó? ¿Por qué el interés de deportarlo, tomando en cuenta que el caso no ha terminado? Y si es así y lo deportaron, el Estado está faltando a su compromiso de garantizar justicia para todos, velando porque este proceso llegara a un término”, señalo Carrión.

(Con la colaboración de Haydée Brenes).





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