Fiscalía y Procuraduría argumentaron ampliamente ante CSJ sobre pruebas Piden confirmar sentencia a reos de Cártel de Sinaloa
* Son 21 reos, y acusadores recuerdan que cada uno tenía funciones específicas que cumplir para instalar pista
Eloisa Ibarra | eibarra@elnuevodiario.com.ni
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| La procuradora Ammy García, al momento de expresar sus alegatos ante los magistrados de la CSJ. credito / end |
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La Procuraduría y la Fiscalía solicitaron ayer a los magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que confirmen la sentencia condenatoria a los reos del Cártel de Sinaloa, que pretendían instalar una base de operaciones en Nicaragua.
Los abogados defensores de los reos, por su parte, pidieron a los magistrados que casen la sentencia y ordenen la libertad de los acusados por ser inocentes. Los magistrados de la Sala Penal tienen 30 días para dictar su sentencia, pero podrían hacerlo antes, indicó el presidente de la Sala, Armengol Cuadra.
Los 21 reos, siete de ellos mexicanos, fueron condenados en primera y segunda instancia en calidad de autores directos y cooperadores necesarios de los delitos de financiamiento de estupefacientes, psicotrópicos y otras sustancias controladas, asociación e instigación para delinquir, tenencia y uso de armas del Ejército y de la Policía, posesión ilegal de armas de fuego, municiones y sus accesorios y uso indebido de nombre.
Según la acusación, cada uno de los reos realizó acciones ilícitas: compra de bienes, alquiler de inmuebles, compra de maquinaria de construcción, con el único fin de construir una pista de aterrizaje en la finca La Ceiba, ubicada en San Agustín, y con una extensión de 500 manzanas, que sería utilizada para transportar enormes cantidades de droga. Argumentos de la defensaLos abogados defensores, cada uno por separado, en su expresión de agravios ante los magistrados coincidieron en argumentar que tanto en primera como en segunda instancia se hizo una tipificación errónea del delito de financiamiento al narcotráfico, porque a ninguno de los reos se les ocupó droga, lo cual es una condición necesaria para todos los delitos contemplados en la Ley 285.
El fiscal Rodrigo Zambrana alegó que los defensores han pretendido hacer una confusión del financiamiento al narcotráfico y el transporte de estupefacientes, para lo cual sí es necesaria la ocupación de droga, pero no en financiamiento.
Alegó ante la Sala Penal que los magistrados del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM) dejaron establecido que el delito de financiamiento al narcotráfico es un delito autónomo, que no requiere de otros para su ejecución y que los indicios son un medio de prueba lícito.
Los defensores alegaron que la Fiscalía y la Procuraduría no presentaron pruebas directas que demostraran que los reos actuaron con dolo, y que la sentencia se basó en indicios y no en prueba directa como establece la Ley 285, sobre delitos de narcoactividad.
Zambrana argumentó que el financiamiento no es un delito de resultado, y que el dolo se debe tomar en cuenta como un peligro al bien jurídico tutelado, y que cada una de las acciones de los reos lleva a la conclusión de que no sólo representaron un peligro al bien jurídico tutelado, sino que lo lesionaron.Insisten en descalificar el IoscanInsistieron los defensores en descalificar la prueba del Ioscan, practicada por la Policía Nacional, y que dio como resultado la presencia de partículas de drogas en algunos de los vehículos de lujo ocupados a los reos.
Otro argumento de los defensores fue que la Fiscalía y la Procuraduría tampoco demostraron la participación de cada uno de los acusados, y a cuánto ascendió el supuesto financiamiento al narcotráfico, quiénes lo hicieron y para quiénes se hizo.
Al respecto, Zambrana afirmó que en este caso se aplica la” teoría del dominio funcional del hecho”, y pidió a los magistrados que tomen en cuenta que las pruebas describen y señalan la participación de cada uno de los reos, con un fin único, la comisión del delito de financiamiento al narcotráfico, y que la prueba del Ioscan es un indicio, pues fueron practicadas en los vehículos de los acusados.
La procuradora Ammy García y el fiscal Zambrana argumentaron que el acto de financiamiento no puede considerarse como mercantil, como pretenden los defensores, porque se trata de una ley sustantiva, donde las acciones de cada uno de los reos debe considerarse desde la perspectiva de agenciar elementos logísticos, tanto bienes inmuebles, para lograr un fin común, como es la transportación de una cantidades enormes de droga.Objetivo común: instalar pista para narcosAmbos acusadores señalaron la participación de cada uno de los reos para llegar al fin común y único: la instalación de una base y pista de aterrizaje para transportar drogas, así por ejemplo, describieron la participación de Carlos Pasos Cisnado en la compra de la finca La Ceiba, por 150 mil dólares, donde se construiría la pista.
La participación de Pedro Pablo Olivas, en trasladar un patrol amarillo para limpiar y quitar la maleza de la finca, en coordinación de los reos David Ricardo Alvarado Zazueta, Juan Pablo Cruz y Víctor Bonifacio Herrera Lanzas.
La participación de Guillermo José Ramírez, quien se encargó de la compra y posterior traslado de maquinaria para la construcción de la pista de aterrizaje en la finca La Ceiba.
De igual forma la participación de Osonier Emir Herrera, Jeremías Úbeda Prado, Marvin Uriel Gadea, Pablo Antonio Herrera Herrera, Arturo Edén Herrera, Santos Tomás Reyes y Salir Antonio Valenzuela, en la adquisición de armas y vigilancia del lugar donde se realizaba la construcción de la pista.
Para el abastecimiento de combustible, los procesados utilizaron una pipa que era custodiada por el procesado Javier Jesús Flores, en su casa de habitación, con el fin de suministrar el líquido y no levantar sospechas mientras construían la pista, argumentaron los acusadores.
En ese mismo orden, los acusados Olivas, José Juvenal Mendoza, Arturo Ramón Gaspar, Emiliano Rodas, Luis Ángel Vale Serrano y Juan Rosales Castañeda, ocuparon como centro de operaciones y apoyo logístico para la construcción de la pista y su vigilancia, una bodega ubicada en Tipitapa.
En esa bodega se almacenaba medios y suministros logísticos para la realización de actividades de narcotráfico, refiere la acusación de la Fiscalía y de la Procuraduría.
García pidió a los magistrados que al momento de dictar su sentencia, se considere como un caso del crimen organizado internacional, que afecta la seguridad nacional y la vida de los nicaragüenses.
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