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  CON TODO EL PODER DE LA INFORMACIONManagua, Nicaragua - Sábado 15 de Agosto de 2009 - Edición 10418
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Parlacénico hondureño debe cumplir 10 años de cárcel

Deniegan libertad a narcodiputado

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RIVAS
El Juez de Ejecución de Sentencia y Vigilancia Penitenciaria de Rivas, Melvin Vargas, negó la solicitud de libertad por cumplimiento de pena, que solicitó el ex diputado hondureño ante el Parlamento Centroamericano (Parlacén), César Augusto Díaz Flores, el cual fue condenado a diez años de cárcel y una multa de 50 mil córdobas, tras ser declarado culpable del delito de transporte de drogas.

A la fecha, Díaz Flores, de 56 años, lleva seis años y un mes tras las rejas del Sistema Penitenciario de Tipitapa, y mediante su abogado, Ernesto Zambrana Sanders, solicitó extinción de la responsabilidad penal por cumplimiento de pena ante el juez Vargas. Entre los alegatos del abogado defensor, aducía que Díaz Flores ya había cumplido la condena, sumando los días de efectiva prisión y el tiempo trabajado.

Ante tal solicitud, el judicial programó una audiencia el seis de agosto, en la cual se hicieron presentes la fiscal departamental Isolda Ibarra, y el narcodiputado y su abogado. En dicha audiencia, Zambrana Sanders solicitó oficialmente la extinción de la pena, pero la fiscal se opuso argumentando que no había suficientes elementos para pronunciarse a favor de la petición de la defensa. La fiscal basó sus argumentos en los informes de las hojas evaluativos que envió al judicial, el Sistema Penitenciario de Tipitapa, y con lo que
se pretendía hacer constancia de los días trabajados del narcodiputado, pero ninguna de las cinco hojas coincidían con el tiempo que tenía Díaz Flores de estar trabajando dentro del Sistema Penitenciario, por lo que no existe un informe sólido que hiciera constar desde cuándo trabaja Díaz Flores.

Trabajo de interno es normal

Otro punto negativo del narcodiputado es que el judicial, a la vez, notó una confusión en cuanto al supuesto trabajo que realizaba, ya que sus días laborales que ofreció su abogado fueron los días de limpieza de celda, y según la Ley 473, Ley del Régimen Penitenciario y Ejecución de la Pena, son obligaciones del reo: la higiene personal, aseo de instalaciones, y realizar labores de limpieza y saneamiento del Sistema Penitenciario, por lo que estas tareas ni siquiera se le pueden considerar como días trabajados.

Estos dos argumentos sirvieron al juez para dar no ha lugar a la solicitud de libertad, del narcodiputado. El fallo fue dado a conocer el 11 de agosto, y el abogado defensor apelaría la sentencia en el Tribunal de Apelaciones de Granada.

Como se recordará, Díaz Flores, fue capturado el 20 de junio de 2003 por la Policía Nacional, tras ingresar violentamente a las 7:30 de la noche por el puesto fronterizo de Peñas Blancas, proveniente de Costa Rica, y al requisarle una de sus maletas, se le encontró 7 kilos y 28 gramos de heroína.

El narcodiputado, de 56 años, conducía una Mitsubishi Montero, gris, placas CD 044, del Parlacén, y venía de Costa Rica en compañía de los chinos Tan Quing y Tian Shuou, además del guatemalteco de origen hondureño, Freddy Oseguera.




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